Cordial saludo a los beneficiarios de Bono
Bogotá Te Nutre San Cristóbal
La Secretaria Distrital de Integración Social se encuentra
en proceso de negociación con el almacén Jumbo 20 de Julio, dada esta situación
en este momento el único punto donde se pueden atender los beneficiarios de
bono, corresponde al almacén Jumbo carrera 30 (Cra. 32 No. 17 B - 04) Barrio
Estación central - Localidad de Puente Aranda. El equipo de la Subdirección Local de San Cristóbal
es consciente de la difícil situación que esto conlleva, sin embargo,
esperamos atender de la manera favorable a todos nuestros
beneficiarios.
Adicional a esto la programación se realizó de acuerdo a las
nuevas medidas establecidas por la alcaldía mayor, es decir la medida de PICO
Y CÉDULA, por lo anterior es importante tener claro que las personas con
digito de cédula terminada en número PAR, deben canjear el bono única y exclusivamente
los días impares y las personas con digito de cédula terminada en número
IMPAR, deben canjear el bono únicamente los días pares. Es importante
aclarar que se programó sábados y Lunes Festivos.
Tener en cuenta las siguientes observaciones:
- La
entrega se realizará en el almacén JUMBO CARRERA 30 (Cra. 32 No.
17 B - 04)
- Es
obligatorio que todos los beneficiarios hagan uso del tapabocas.
- Se
debe informar a los usuarios que es obligatorio asistir en el horario
programado y asignado.
- Por
ningún motivo se debe permitir el cambio de horario.
- El
almacén estará a cargo del ingreso de las personas teniendo en cuenta la
medida de PICO Y CÉDULA.
- En
lo posible que asistan sin acompañantes a la entrega para evitar el riesgo
epidemiológico (únicamente el acompañante ingresara al almacén en caso de
ser persona mayor o tener discapacidad, si lo requiere)
- Desde
nivel central la indicación para las personas mayores de 70 años que NO
puedan asistir al canje de bonos es enviar una persona con una
autorización mediante carta y cédula original.
- Si
el participante de bono tiene síntomas de gripe u otra enfermedad
respiratoria, deberán informar inmediatamente a la Subdirección
Local, en un documento escrito que autorice la redención del Bono por
alguna persona que pertenezca al núcleo familiar.